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Ciencia y Salud

3 de abril de 2024

Es impreciso que la Alerta Sanitaria ordena el uso obligatorio de mascarillas en todo el territorio: solo aplica en recintos de salud

Impreciso: uso obligatorio de mascarillas en todo el país Impreciso

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El 26 de marzo, un usuario compartió una página del Diario Oficial de la República en la cual se decreta Alerta Sanitaria. En su post, el usuario asegura que esta Alerta ordena el uso obligatorio de mascarillas en todo el territorio nacional. Sin embargo, esta medida no implica que el cubrebocas será obligatorio en todos los espacios públicos, por lo que la información entregada por el usuario es imprecisa. En este artículo de Mala Espina te explicamos por qué.

“Hoy se decretó Alerta Sanitaria en todo el territorio de la República, ordenando el uso de mascarillas… ¡Vuelven!”. Esa es la descripción del post en X realizado a las 9 de la noche del martes 26 y que supera las 220 mil visualizaciones. La imagen es la primera página de la publicación en el Diario Oficial de ese día.

Impreciso que Alerta Sanitaria ordena el uso obligatorio de mascarillas en todo el territorio

Revisamos la página del Diario Oficial del día 26 de marzo, la cual muestra en segundo lugar al decreto número 11 de 2024, emitido por el Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública. Dicho documento “declara alerta sanitaria y otorga facultades extraordinarias que indica por aumento de virus respiratorios estacionales”. En esta nota, explicamos que la Alerta se decretó tras detectarse un 42,9% más de virus positivos en comparación con la semana anterior.

Pero, ¿qué indica este documento? En su artículo 2, el decreto 11 otorga a la Subsecretaría de Salud Pública facultades extraordinarias para que pueda disponer “de todas o algunas de las medidas” enumeradas. Entre ellas se encuentra, por ejemplo, la contratación de personal, adquisición directa de bienes y servicios, difundir medidas sanitarias o entregar medicamentos a grupos objetivos.

En el inciso 9 del artículo 2, el decreto de Alerta Sanitaria indica que la subsecretaría de Salud Pública puede:

Ordenar el uso obligatorio de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en las unidades o establecimientos destinadas a la atención de urgencia. Igualmente, podrá extenderla a otros lugares de acceso público o donde exista aglomeración de personas si la evolución de los virus así lo amerita para evitar su propagación”.

Esta facultad también es concedida a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (SEREMIS) en el artículo 4, inciso 17.

Por lo tanto, la Alerta indica que el uso de mascarillas sería obligatorio en recintos de urgencia. No obstante, el documento por sí mismo no decreta la vuelta del uso del cubrebocas, sino que se trata de una facultad que puede utilizar la Subsecretaría.

Campaña de Invierno 2024 y uso obligatorio de mascarillas

El miércoles 27, el Ministerio de Salud lanzó la Campaña de Invierno 2024. En esa instancia, la ministra Aguilera señaló que la obligatoriedad del uso de mascarillas en servicios de urgencia aplicará desde este lunes 1 de abril de 2024. Esta información fue publicada en el Diario Oficial el jueves 28 de marzo:

“Dispóngase el uso obligatorio de mascarillas para el equipo de salud, incluidos los profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica; paciente y cualesquiera otras personas que se encuentren en los servicios de urgencia de todos los niveles de atención de la Red Asistencial, tanto públicos como privados”.

Esta medida estará en vigencia hasta el 31 de agosto o “hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión”.

Por lo tanto, si bien es cierto que se encuentra vigente el uso obligatorio de mascarillas, cabe señalar que, al 2 de abril, esta medida solo aplica en recintos de salud y deriva de la implementación de la Campaña de Invierno 2024.

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