El Ministerio de Interior junto al de Justicia, anunciaron el retiro de las 139 querellas invocadas por la Ley de Seguridad del Estado en el marco de las manifestaciones del 18-O.
Fue la primera medida anunciada por el gobierno de Gabriel Boric, y en Mala Espina conversamos con un abogado penalista para contarte qué pasa cuando son retiradas las querellas por Ley de Seguridad del Estado.
El jueves pasado, antes del cambio de mando, la ahora ministra del Interior, Izkia Siches, junto con Marcela Ríos, ministra de Justicia, anunciaron el retiro de las 139 querellas presentadas bajo la Ley de Seguridad del Estado en contexto de las manifestaciones del 18-O.
El anunció generó reacciones tanto de los parlamentarios, como del gobierno saliente y de la ciudadanía por igual.
Tanto fue el revuelo que causó la noticia, que desde la bancada republicana en la Cámara Baja anunciaron la recolección de firmas para interpelar a la ministra Siches.
Por este motivo es que en Mala Espina conversamos con el Subdirector del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile, Felipe Abbott, quien explicó en qué consiste las querellas presentadas por la Ley de Seguridad del Estado y qué pasa cuando son retiradas.
¿Qué pasa cuando son retiradas las querellas por Ley de Seguridad del Estado?
La Ley de Seguridad del Estado, o formalmente conocida como Ley 12.927, fue publicada en 1975 y a través de los años se le han realizado diferentes modificaciones.
El Título III de la ley, señala los Delitos en contra el Orden Público, por las cuales serían las querellas presentadas durante el Gobierno de Sebastián Piñera.
El Artículo 6 indica que cometen delitos contra el Orden Público:
c) Los que inciten, promuevan o fomenten, o de hecho y por cualquier medio, destruyan, inutilicen, paralicen, interrumpan o dañen las instalaciones, los medios o elementos empleados para el funcionamiento de servicios públicos o de utilidad pública o de actividades industriales, mineras, agrícolas, comerciales de comunicación, de transporte o de distribución, y los que, en la misma forma, impidan o dificulten el libre acceso a dichas instalaciones, medios o elementos.
Y serán penados “con presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo, si se diere muerte a alguna persona o se le infirieren lesiones graves, y con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, si el hecho se ejecutare en tiempo de guerra”.
O con “presidio mayor en su grado mínimo, si se infiere cualquiera otra lesión, y con presidio mayor en su grado medio si se ejecutare en tiempo de guerra”.
Presentar una querella bajo la Ley 12.927 es una facultad exclusiva de la autoridad gubernamental, tales como el Ministerio del Interior o similares.
Según indica el abogado de la Universidad de Chile, Felipe Abbott, esta ley “hace alusión a delitos presentes en el Código Penal pero que aparecen realizados con fines de insurrección, subversión o grave alteración del orden publico”.
Lo que hace que la ley “reaccione frente a estos delitos de modo más grave que si los mismos fueran tratados sin considerar estas circunstancias”, agregó el abogado.
Esto en la práctica, significa que los casos que estén bajo la Ley de Seguridad del Estado pueden conllevar una pena más alta a diferencia de los casos comunes presentes en el Código Penal.
Pero, ¿Qué pasa cuando se retiran las querellas por Ley de Seguridad del Estado?
Abbott aclaró a Mala Espina que cuando las querellas son retiradas o desestimadas “se extingue la acción y la pena (asociada a la ley de seguridad del Estado)”, lo que permitiría que “se ponga término a las medidas cautelares decretadas en consecuencia”.
O sea, que las posibles penas más altas, asociadas a la ley, ya no corren durante el juicio, por lo que la persecución penal puede continuar, si es que la persona cuenta con otras acusaciones además de las acompañadas a la ley.