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12 de mayo de 2022

Quiénes son los mayores de 90 años que no podrán votar en el plebiscito (septiembre 2022)

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La nómina publicada por el Servel “contiene a los electores mayores de 90 años que no cuenten con su documento de identidad vigente" y que no hayan votado en las dos últimas elecciones. Aquí te contamos más.

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(Esta nota fue publicada para el plebiscito de salida de 2022. Para el de este domingo 17 de diciembre el voto es obligatorio). En Twitter, una usuaria señaló que los mayores de 90 años no podrán votar en el Plebiscito de Salida, el cual se realizará el próximo 4 de septiembre. A raíz de ello, en Mala Espina revisamos la información disponible al respecto. Aquí te contamos quiénes son los mayores de 90 años que no podrán sufragar.

En su tweet, la usuaria reclama que “mayores de 90 años no podrán votar en el Plebiscito de Salida. Lo harán sólo si van personalmente a las oficinas del Servel o si MANDAN EMAIL… ¿Desde cuándo los ancianos dejaron de ser ciudadanos?”. Su publicación acumula más de 3.500 retweets en la plataforma y adjunta un enlace al sitio web del Servicio Electoral.

El link redirige a la “nómina especial de electores que no serán considerados en el Padrón Electoral del próximo Plebiscito Constitucional” y fue publicado el 2 de mayo. Esta es una lista que singulariza a quienes no formarán parte del padrón de forma inicial. No es una lista definitiva.

¿Quiénes son los mayores de 90 años que no podrán votar en el plebiscito?

Según el texto, la nómina “contiene a los electores mayores de 90 años que no cuenten con su documento de identidad vigente”. Esto debido a que no han “obtenido o renovado su cédula nacional de identidad, cédula de identidad para extranjeros o pasaporte, en los últimos once años”. El segundo requisito para estar en la nómina es no haber votado en las últimas dos elecciones.

Como no se trata de una lista definitiva, las personas presentes en ella podrán reclamar al Servel. El plazo para ello termina el próximo 17 de mayo. El reclamo podrá realizarse de forma presencial en la Dirección Regional del Servicio Electoral.

Sin embargo, también está la opción de realizarlo por correo electrónico. En ese caso, se tendrá que enviar un e-mail a reclamos90@servel.cl adjuntando “los antecedentes fundantes de la reclamación”. El correo debe ser acompañado por “una fotografía por ambos lados de la cédula de identidad del elector mayor de 90 años a reincorporar en el Padrón Electoral Provisorio”.

Los reclamos deberán ser resueltos por el Servel en un plazo de cinco días hábiles desde la recepción de éste. Si se acepta el reclamo, la persona será eliminada de esta nómina provisoria y será incorporada al Padrón Electoral definitivo.

Es posible revisar esta lista especial aquí.

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