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24 de mayo de 2022

Es falso que los extranjeros irregulares podrán votar según el decreto publicado el 14 de mayo

Extranjeros irregulares podrán votar Falso

El documento al que se hace referencia “tiene por finalidad definir la nómina y fijar los requisitos de obtención de las subcategorías migratorias de residencia temporal”.

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En Twitter se difundió que la publicación en el Diario Oficial del 14 de mayo implica que los extranjeros irregulares podrán votar en las elecciones. Revisamos el documento, pero es falso que se otorgue el derecho a voto a migrantes en situación irregular.

El usuario que difundió esta información escribió:

“Otra pillería de Boric y cía., revisen el diario oficial del 14 de mayo, establece las subcategorías migratorias de residencia temporal. Los extranjeros ilegales podrán votar, obvio por apruebo y Boric podría ser reelegido”.

El tweet se publicó el 22 de mayo y ya supera los 420 me gusta y 630 retweets.

Para aclarar dudas revisamos la publicación en el Diario Oficial a la que se hace referencia.

La publicación en el Diario Oficial del 14 de mayo

Dicha publicación corresponde a un decreto supremo que “establece las subcategorías migratorias de residencia temporal”, de acuerdo a lo “dispuesto en el artículo 70 de la ley N°21.325”. Es decir, la publicación se ajusta a lo requerido por la legislación actual.

El primer artículo del decreto publicado el 14 de mayo informa que su finalidad es “definir la nómina y fijar los requisitos de obtención de las subcategorías migratorias de residencia temporal”. Lo destacado entre comillas está presente, literalmente, en el artículo 70 de la ley mencionada anteriormente.

Dicho artículo también señala que “en ningún caso ese decreto supremo podrá afectar los derechos ya adquiridos por poseedores de residencias temporales a la fecha de entrada en vigencia del mismo”.

El artículo también enumera una lista de situaciones que deben considerarse en la elaboración de las subcategorías.

Es falso que los extranjeros irregulares podrán votar

Revisamos el documento, que consta de 17 páginas y está dividido en cuatro títulos. Normas generales, Subcategorías migratorias de residencia temporal, Del otorgamiento de permisos de Residencia Temporal en calidad de Dependiente y Reglas especiales para los permisos en trámite. No hay mención del derecho a sufragio ni obtención de ciudadanía en ninguno de ellos.

Consultamos con el Servicio Electoral para saber si este decreto supremo permite que extranjeros ilegales podrán votar en las futuras elecciones. Ante ello, nos señalaron que solo la Constitución señala quiénes están habilitados para sufragar y los requisitos.

Lee también: Es falso que los inmigrantes recién llegados a Chile van a poder votar en el plebiscito

En qué casos los extranjeros pueden votar

Recordemos que en Chile el derecho a sufragio está asociado con la ciudadanía. Esto está normado de la siguiente forma en el inciso segundo del artículo 13 de la Constitución:

“La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran”.

Respecto al voto de personas extranjeras, el artículo 14 señala que:

“Los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley”.

El primer inciso del artículo 13 define el concepto de “ciudadano”:

“Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva”.

Es importante recordar que, según la Constitución, son chilenos quienes han nacido en el territorio de Chile, los hijos de padres chilenos, los que obtuvieron nacionalidad por gracia y “los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley”. Esta carta puede ser obtenida si la persona tiene cinco años o más de residencia en Chile.

Es decir, para que un extranjero pueda votar, debe tener cinco o más años de residencia en el país, ser mayor de 18 años y no haber sido condenado a pena aflictiva.

Por lo tanto, calificamos como falso que el decreto supremo publicado el 14 de mayo implique que extranjeros ilegales podrán votar en las elecciones.

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