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18 de junio de 2022

Los extranjeros en Chile solo pueden votar tras cinco años en el país

Exp_cuándo extranjeros en Chile pueden votar

Además de contar con al menos 5 años de residencia definitiva, deben tener más de 18 años y no deben haber sido condenados a penas aflictivas (superiores a 3 años y 1 día).

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En redes sociales se viralizó el video de un hombre extranjero anunciando que el Servicio Electoral lo habilitó para poder sufragar en el Plebiscito Constitucional. La masificación del video volvió a poner sobre la mesa el tema del derecho a sufragio otorgado a extranjeros. Aquí te contamos cuáles son los requisitos que se deben cumplir para que los extranjeros en Chile puedan votar.

Varios usuarios han hecho circular el video en el que el hombre abre la carta enviada por el Servel, señalando erróneamente que lleva “un mes y 10 días” en el país. Además, se acusa al Servicio Electoral de ser una institución “corrupta” y que no se están respetando los procedimientos establecidos.

La situación fue abordada por el mismo Servel en Twitter: explicaron que la persona fue ingresada al padrón en mayo pasado. Esto “luego que el Servicio Nacional de Migraciones informara a Servel que cumple con avecindamiento por más de 5 años en Chile”.

Esta no es la primera desinformación que circula respecto al voto de extranjeros. En mayo se difundió que un decreto publicado el 14 de ese mes habilitó a extranjeros irregulares a votar. Pero el documento “establece las subcategorías migratorias de residencia temporal”, tal y como explicamos en esta nota.

Los extranjeros en Chile solo pueden votar tras cinco años en el país

Entonces, ¿en qué casos un extranjero puede sufragar?

Para responder a la pregunta, es necesario recordar que en Chile el derecho a voto está vinculado con la ciudadanía. El inciso segundo del artículo 13 de la Constitución actual señala que:

“La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran”.

Sobre el voto de personas extranjeras, el artículo 14 indica que:

“Los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley”.

¿Y qué es lo que señala el inciso primero del artículo 13?

“Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva”.

Es necesario tener en mente que, según lo estipulado en la Constitución, son chilenos quienes nacieron en el territorio de Chile, los hijos de padres chilenos, lo que obtuvieron la nacionalidad por gracia y “los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley”. Dicha carta se obtiene cuando la persona cumplió 5 años o más de residencia en el país.

 

En conclusión, ¿cuáles son los requisitos? Para que los extranjeros en Chile puedan votar deben tener cinco años o más de residencia en el país, ser mayores de 18 años y no haber sido condenados a pena aflictiva (condena superior a los 3 años y 1 día).

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