La legislación establece que solo las personas que no hayan sido condenadas a delitos con pena aflictiva o delitos de terrorismo no han perdido su derecho a sufragio.
En redes sociales se viralizó que el Servel autorizó que las personas privadas de libertad podrán votar en el Plebiscito del próximo 4 de septiembre. Esto causó confusión en los usuarios, quienes afirmaron que la decisión aplica a toda la población penal. Pero lo cierto es que solo es para una parte de las personas en cárceles y en Mala Espina te lo explicamos.
En Twitter, varios usuarios se han referido al tema. Uno de los tweets que supera los 2 mil me gusta y 1.300 retweets señala lo siguiente:
“Señores políticos de derecha paren de ser tan pasivos, porque el Servel autorizó votar a los presos siendo que nuestra Constitución los inhabilita!”
La polémica se dio a partir de unas declaraciones que dio el presidente del Servel, Andrés Tagle el pasado 5 de julio. De hecho, algunos usuarios han compartido un clip de Tagle en el que habla sobre este tema.
Es engañoso que todas las personas privadas de libertad podrán votar en el Plebiscito
En conversación con Radio Infinita, Andrés Tagle afirmó que “va a haber voto en los recintos penitenciarios”. Esto gracias a la ley que permite acercar el local de votación al domicilio electoral de cada persona, despachada en abril de este año. Tagle explicó que se realizó un trabajo en coordinación con Gendarmería para ofrecer a las personas privadas de libertad el cambio de domicilio electoral. Así, su nuevo domicilio electoral sería el recinto penitenciario. “Está por verse todavía la cantidad que son, porque tenemos un mínimo para formar una mesa”, afirmó.
Su respuesta completa puedes escucharla a continuación:
Como Tagle no precisa a quiénes son las “personas privadas de libertad”, se difundió que todas las personas recluidas podrían votar. Pero no es correcto que todos los reclusos podrían votar.
De acuerdo a la ley, una persona condenada a una pena menor a los 3 años y 1 día mantiene el derecho a sufragio. Y según información del Ministerio de Justicia, a la segunda semana de mayo de 2022, poco más de 7 mil personas se encuentran habilitadas para votar.
De esas 7 mil personas, poco más de 1.100 solicitó al Servel el cambio de domicilio electoral. Sin embargo, para que una mesa pueda ser constituida necesita un mínimo de 30 electores.
Cabe señalar que la información fue dada recientemente por el presidente del Servel, pero que ya se hablaba de esto en abril pasado. La Red de Acción Carcelaria publicó el 26 de abril en su cuenta de Twitter unas láminas explicativas del proceso. Explicaron que podrán votar las personas que no estén condenadas ni acusadas por delito con pena aflictiva o delito terrorista. La segunda condición era realizar el cambio de domicilio electoral mencionado por Tagle.
Por ende, no son todas las personas privadas de libertad las que podrán votar en el Plebiscito del 4 de septiembre, el cual, recordemos, es de sufragio obligatorio. Cabe recalcar que el Servel ya publicó el Padrón Definitivo para el Plebiscito, el cual puedes revisar aquí. El 13 de agosto se darán a conocer las mesas y locales de votación.
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