Por qué la Corte Suprema falla otra vez contra isapres y fija tope a prima GES

Corte Suprema resuelve recursos por alza de prima GES. Fija tope, efecto general y devoluciones.
La Corte Suprema emitió un nuevo fallo contra las isapres. Este estableció un tope para el cobro de la prima GES que es menor a lo que actualmente pagan los afiliados, por lo que podría haber devoluciones. En esta nota te explicamos por qué la Corte Suprema falla otra vez contra las isapres.
La Tercera Sala de la Corte Suprema realizó un nuevo fallo relativo a las isapres, esta vez respecto al alza de la prima GES (Garantías Explícitas en Salud) realizada en octubre de 2022. Esta fue dejada sin efecto para todos los afiliados, lo que derivaría en devoluciones.
¿Por qué la Corte Suprema falla otra vez contra isapres y fija tope a prima GES?
A mediados de julio las isapres realizaron sus alegatos en la Tercera Sala de la Corte Suprema por los miles de recursos de protección presentados por afiliados, que piden detener el alza aplicada en el precio de la prima por GES y que se devuelvan los montos cobrados estos meses.
El incremento del precio de la prima GES es un reajuste contemplado por ley que se realiza cada tres años. El último fue en octubre de 2022.
En esa ocasión las aseguradoras informaron un promedio de cobro de 1,05 UF (unos $36 mil) mensuales. De esta manera, el aumento promedio fue 48,7% con respecto al proceso anterior (0,7 UF mensuales).
El 4 de agosto pasado, los ministros Sergio Muñoz (presidente), Adelita Ranavales (redactora), Mario Carroza, Jean Pierre Matus y Ángela Vivanco, quienes revisaron las acciones y escucharon las alegaciones de las aseguradoras, adoptaron un acuerdo y alistan 15 fallos, dado que se hizo una vista conjunta de las causas por tratarse de la misma materia, según indicó Radio Bío Bío.
¿Qué estableció el fallo?
El fallo determinó que las sumas cobradas por las isapres recurridas sobrepasan el margen determinado, por lo que se dejó sin efecto las alzas dispuestas para los afiliados.
Al revisar los cobros GES de cada isapre, el costo más alto es de Consalud con 1,390 UF. O sea, al año son 16,68 UF, actuales $601 mil.
Luego viene Nueva Masvida, con 1,290 UF, o sea, 15,48 UF anuales ($557 mil); y Cruz Blanca con 1,228 UF, o sea, 14,736 UF anuales ($531 mil).
Por ende, con este fallo las isapres recurridas ante la justicia deberán reajustar el cobro GES al mencionado tope anual.
Además de establecer un tope de cobro por prima GES de 7,2 UF anuales, lo que variaría dependiendo de cada isapre, determinó efectos generales, como ocurrió con los fallos relativos a la tabla de factores del año pasado, lo que traería consigo una devolución para los usuarios de lo cobrado en exceso.
Así, las isapres deberían ajustar el precio a pagar por sus afiliados por este concepto considerando como tope máximo ese monto anual, que corresponde a lo establecido en el proceso GES de 2019. Por sobre ello, la sala estimaría que habría incurrido en un acto ilegal o arbitrario.