Entrega un monto correspondiente a las rentas del 2022 a mujeres y hombres trabajadores de 18 a 24 años y 11 meses de edad.
Este miércoles 30 de agosto comienza el pago de un nuevo beneficio estatal, el Subsidio al Empleo Joven, que entrega un monto correspondiente a las rentas del 2022 a mujeres y hombres trabajadores de 18 a 24 años y 11 meses de edad.
Esta ayuda será entregada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), y la postulación se puede hacer los 365 días del año, a través de su sitio web.
¿Qué es Subsidio al Empleo Joven?
El SEJ es un beneficio que está dirigido a trabajadores y trabajadoras dependientes e independientes, que tengan cotizaciones al día, pertenezcan al 40% más vulnerable de la población según Registro Social de Hogares, y que se encuentren entre las edades de 18 y menos de 25 años.
Además el beneficio puede ser recibido también por el el/la empleador que contrata, incentivando así una mayor incorporación laboral, en ambas partes.
El pago de este se realiza mediante dos vías:
– Mensual: Por su fórmula de cálculo, podrías estar sujeto a devolución de dinero. Pero, exige percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.
– Anual: Por su fórmula de cálculo, no estás sujeto a devolución de dinero. Además exige percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
Los pagos se calculan y dividen en tres tramos, dependiendo de los ingresos de la persona en 2022. Estos tramos parten desde $1 a $570.825 pesos en el pago anual, y de $1 a $40.436 en el caso del método mensual.
Requisitos para aplicar al Subsidio
Dentro de los requisitos necesarios para aplicar al Subsidio al Empleo Joven que entrega el Sence, se especifican lo siguiente:
- Tener 18 a 24 años, 11 meses de edad.
- Estar trabajando de manera dependiente o independiente
- Pertenecer al 40% más vulnerable de la población (según Registro Social de Hogares).
- En caso de tener 21 años de edad o más, contar con licencia de educación media.
- Tener las cotizaciones al día
- No trabajar en alguna institución del Estado o empresa con aporte estatal superior al 50%
- No ser beneficiario/a del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
- En caso de ser trabajador/a independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).