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Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que es y cuáles son sus funciones

Entrada a oficinas del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Desde el 2004 que el TDLC se encarga de prevenir la concentración económica y asegurar la libre competencia en territorio nacional.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) es el órgano encargado de resolver litigios en materia de libre competencia económica.

Este órgano es de carácter especial e independiente, no forma parte del Poder Judicial, pero sí es administrado directamente por la Corte Suprema.

Fue creado en noviembre de 2003 por la Ley N°19.911 y se instaló en mayo de 2004. Su función es “prevenir, corregir y sancionar los atentados a la libre competencia aplicando las normas contenidas en el Decreto Ley Nº 211”. 

Características del sistema de libre competencia chileno

La primera regulación en materia de libre competencia data de 1959, con la creación de una comisión especial para tratar este tipo de temas. Pero es en 1973, con la promulgación del Decreto Ley N°211, que se define la creación de un sistema de defensa a la competencia como tal.

El primer artículo del Decreto Ley N° 211, dice que su objetivo es “promover y defender la libre competencia en los mercados”. Este es un objetivo amplio, que implica velar por que no se comentan actos anticompetitivos y la responsabilidad de promover activamente la libre competencia en los mercados.

La regulación chilena está orientada más hacia la eficiencia de los mercados que a la maximización del bienestar de los consumidores. Lo que se busca con esto es promover que el ambiente sea el más adecuado para los agentes económicos y así alcancen los máximos beneficios posibles. Según este enfoque, una economía eficiente traerá por sí sola beneficios a los consumidores.

Por último, y a diferencia de muchas otras legislaciones, se optó por una tipificación abierta del ilícito. Es decir, se define como ilícito “cualquier hecho, acto o convención que prevenga, restrinja o entorpezca la libre competencia o que tienda a producir estos efectos”. De esta manera cualquier acción que tenga alguna repercusión de este tipo puede ser anticompetitiva y acarrear por tanto consecuencias legales.

La ley no tiene excepciones, todos los organismos públicos, y todos los mercados, regulados o no, están sujetos al control de la libre competencia

Atribuciones

Las atribuciones del TDLC están contenidas principalmente en el artículo 18 del Decreto Ley N° 211, y entre ellas están.

  • Conocer, a solicitud de parte o del Fiscal Nacional Económico, las situaciones que pudieren constituir infracciones a la presente Ley;
  • Resolver sobre la acción de indemnización de perjuicios, comprendiendo todos los daños causados durante el período en que se haya extendido la infracción;
  • Dictar instrucciones de carácter general de conformidad a la ley, las cuales deberán considerarse por los particulares en los actos o contratos que ejecuten o celebren y que tuvieren relación con la libre competencia o pudieren atentar contra ella;
  • Proponer al Presidente de la República, a través del Ministro de Estado que corresponda, la modificación o derogación de los preceptos legales y reglamentarios que estime contrarios a la libre competencia
  • Aprobar o rechazar los acuerdos extrajudiciales a los que llegue la FNE con los agentes económicos, en el marco de una investigación;
  • Dictar, de conformidad a la ley, las normas acordadas que sean necesarios para una adecuada administración de justicia.

Composición

De acuerdo al artículo 6 del Decreto Ley N°211, el tribunal está compuesto por cinco miembros (ministros), 3 abogados, uno de ellos debe ser el presidente, y dos economistas, todos expertos en materia de libre competencia.

El nombramiento de todos los ministros se realiza por concurso público, y en él intervienen el presidente, el Banco Central y la Corte Suprema. Los cargos duran 6 años y pueden ser reelegidos sólo por un periodo más. Las decisiones se toman de acuerdo a mayoría y, en caso de empate, decide el presidente del Tribunal.

Los actuales ministros titulares son:

–Nicolás Rojas, Presidente. (2022 – 2028).

–Daniela Gorab (2018 – 2024).

–Jaime Barahona (2020 – 2026).

–María de la Luz Domper (2018 – 2024).

–Ricardo Paredes (2020 – 2026).

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