Qué arriesga el alcalde Juan Carlos Reinao por haber estado en rebeldía

Desde el viernes pasado que Juan Carlos Reinao se encuentra en rebeldía por no presentarse en la cárcel de Traiguén para cumplir la medida cautelar de prisión preventiva.
El Tribunal de Cañete decretó el pasado viernes 3 de noviembre la prisión preventiva del alcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, por los delitos de violación, abuso sexual e inducción al aborto, por lo que debía presentarse en el penal de Traiguén para cumplir esta medida cautelar, lo que no ocurrió.
En total fueron 9 días los que el alcalde estuvo prófugo, aún teniendo una orden de captura internacional emitida por la PDI sobre su cabeza. Hasta su mismo abogado había declarado no conocer la ubicación de su cliente.
Reinao, desde un comienzo descartó las acusaciones en su contra, luego, desde la clandestinidad hizo una declaración pública en la que reiteraba su inocencia, y días después, avisó a través de un audio que finalmente se entregaría a la justicia.
Ese día finalmente fue el domingo 12 de noviembre, durante la madrugada.
Antes de ingresar a la Cárcel de Traiguén, Reinao conversó con 24 Horas, asegurando en la entrevista que es totalmente inocente de lo que se le acusa y que está con la conciencia tranquila. “Nosotros estamos disponibles a colaborar con la justicia. Siempre hemos estado disponibles en todas las situaciones” agregó.
¿Qué es estar en Rebeldía?
La rebeldía procesal en Chile se menciona en los artículos 78, 79, 80 y 81 del Código de Procedimiento Civil.
“Vencido un plazo judicial para la realización de un acto procesal sin que éste se haya practicado por la parte respectiva, el tribunal, de oficio o a petición de parte, declarará evacuado dicho trámite en su rebeldía y proveerá lo que convenga para la prosecución del juicio, sin certificado previo del secretario” dice el Código en su artículo 78.
Pero en simple, es básicamente cuando un imputado no se presenta ante un juez, u otro lugar, como una cárcel, cuando tiene que hacerse.
De hecho, no presentarse ante un tribunal, en Chile al menos es considerado un derecho, y un tema que genera visiones opuestas entre abogados.
El caso de Reinao
“No colaborar no incide en la pena, no la sube ni la baja, lo que pasa es que la colaboración es un atenuante, pero esto está recién partiendo, en cualquier momento puede colaborar, y colaborar es sinónimo de dar detalles, hacer una declaración” comenta el abogado y académico de la Universidad Central, Silvio Cuneo.
De esta manera, colaborando, es que los abogados defensores logran reducir las penas de sus demandados. Respecto al caso de Juan Carlos Reinao y su rebeldía, puede ser absuelto, o puede ser condenado con su declaración y su colaboración, entonces las penas pueden ser 7 u 8 años, no necesariamente los 20 fijados por el Tribunal de Cañete.
En ese sentido, Silvio Cuneo, asegura que “ el hecho de que se haya fugado va hacer muy complicado una revisión de la prisión preventiva, porque el argumento de la fiscalía va a ser, si ya se fugó una vez, como no lo vamos a dejar en prisión preventiva, es la única forma que tenemos de asegurarnos que comparezca al juicio”.
Y agrega que “ el solo hecho de que haya prisión preventiva algo nos dice, que por lo menos habrá una sospecha fundada de que el participa, obviamente tiene todo el derecho a negar todos los hechos (…) porque aunque la culpabilidad esté clara, nada derriba la presunción de inocencia”.