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16 de enero de 2024Cómo funcionará el aumento de la PGU en la reforma de pensiones
Síntesis
¿Qué pasó? Se aprobó la tramitación de la reforma de pensiones del Gobierno, que busca el aumento de la PGU a $250 mil, aunque con algunas condiciones económicas.
¿De qué depende? El proyecto contempla que se cumplan ciertas condiciones entre los ingresos tributarios no mineros (ITNM) estructurales y el PIB no minero tendencial. En este artículo te explicamos de qué se tratan ambos conceptos.
¿Por qué es importante? La reforma previsional se considera uno de los mayores proyectos del Gobierno de Gabriel Boric. Además, actualmente más de 2 millones de personas reciben la PGU, según informa el IPS.
La reforma de pensiones del Gobierno que se empezó a tramitar esta semana busca aumentar la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250 mil. Actualmente, este beneficio que reciben más de 2 millones de ciudadanos, se encuentra en $206 mil, aunque, por ajuste anual, este febrero debiese alcanzar los $214 mil.
Esta medida, además, buscará alcanzar finalmente la universalidad, es decir, llegar a todos los pensionados. No obstante, de aprobarse la reforma, tanto el aumento del valor como la universalidad se implementarían dependiendo de una serie de condicionantes económicas que permitan esta alza.
Ahora, sin embargo, el proyecto actual tiene que pasar por una serie de instancias legislativas. Recién está en su segunda comisión especializada, y tiene que aprobarse y discutirse en la Cámara de Diputados y el Senado, donde podrá agregar modificaciones o suprimir ciertos artículos.
Además de el aumento de la PGU, también se considera la división de ‘3 y 3‘ del 6% de cotización individual, donde la mitad va a un Seguro Social, y el resto pasa a las cuentas individuales, con un porcentaje que irá a un componente de solidaridad intergeneracional.
Asimismo, también contempla la eliminación del sistema de AFP tal como lo conocemos y la creación de un Inversor de Pensiones del Estado.
¿Cómo funcionará el aumento de la PGU en la reforma de pensiones?
Según menciona el presente proyecto, el monto de la pensión garantizada universal ascenderá a un máximo de $250 mil siempre que se cumpla las condiciones de ingresos tributarios no mineros (ITNM) estructurales con relación al Producto Interno Bruto no minero tendencial de Chile.
El ITNM y El PIB no minero
En este sentido, los ITNM estructurales corresponden a una cifra económica que deberá reportar la Dirección de Presupuestos en el Informe de Finanzas Públicas. Este contempla el ingreso de impuestos a la renta (sin considerar las principales diez mineras privadas), al valor agregado, productos específicos, comercio exterior y otros impuestos (1).
Por su parte, el PIB no minero tendencial responde a los ingresos tributarios que son «permanentes» que no consideran el aporte de las principales mineras privadas. Es decir, los impuestos no mineros que se darían en las condiciones normales; con una tendencia regular y con los recursos habituales.
De este se diferencia el PIB no minero efectivo, que es el que realmente ingresa a nuestro país dependiendo las tendencias económicas.
Las condiciones necesarias
La reforma propone que el aumento de la PGU se dará a contar de julio del año siguiente de la publicación de la Ley. Es decir, será como mínimo en julio de 2025, considerando que se logre aprobar este año.
Además, se dará siempre y cuando los ITNM estructurales sean iguales o superiores al 22.2% del PIB no minero tendencial. Cifra que se revisará en marzo del mismo año. Si no se cumplen las condiciones, se volverá a evaluar el próximo marzo, para intentar aumentarlo en julio de aquel siguiente periodo.
Por su parte, la eliminación del requisito de ser parte del 90% de las familias con menos ingresos de Chile para obtener la PGU (universalidad) se dará siempre y cuando los ITNM estructurales sean iguales o superiores al 23% del PIB no minero. Aunque esto se dará recién al sexto año después de entrar en vigencia la ley, y cumplirá con la misma condición de revisión en marzo y aplicación en julio.
Además, la reforma también menciona que, luego de aplicarse el aumento de la PGU, se seguirá aplicando el aumento anual que se define en el artículo 17 de la ley 21.419. Siempre en razón de la variación del IPC que se comprenda entre el 1 de julio y el 31 de diciembre del año del ajuste, y se empezará a pagar a partir del 1 de febrero del siguiente año.