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Qué pasa si ya tengo mi grabado de patente (y no es el correcto)

tengo mi grabado de patente

Síntesis

  • ¿Qué pasó? El Gobierno ya envió a Contraloría el reglamento para la nueva normativa de grabado de patentes, que entrará en vigencia en las próximas semanas, y será obligatorio en los próximos meses.

  • ¿Qué pasa si ya tengo mi grabado? El reglamento menciona que los vehículos comercializados hasta antes de que entre en vigencia la norma estarán exentos de cubrir las características específicas que se establecen para el grabado.

Alrededor de fines de marzo Contraloría debería hacer la toma de razón del reglamento para el grabado de placa patente que envió el Gobierno,  para que se publique en el Diario Oficial.

Entonces, solo faltarían algunos meses para que esta normativa sea obligatoria para todo vehículo nacional que circule por las rutas del país. El correcto grabado de patente se fiscalizará en los controles de tránsito de Carabineros y la PDI, así como en las revisiones técnicas anuales.

Para los vehículos nuevos (comercializados después del 11 de septiembre de 2023) la norma empieza a regir cuatro meses después de que se publique en el Diario Oficial. Para los antiguos (comercializado antes de la fecha), será doce meses después. Ambos tienen que cumplir con el reglamento que visará la Contraloría.

Pero ¿qué pasa si ya tengo un grabado de patente y no cumple con las indicaciones del reglamento? Bueno, hay una excepción para los vehículos que ya aplicaron esta identificación en sus vehículos.

¿Qué pasa si tengo mi grabado de patente y no cumple con los requisitos?

Aunque desde el momento que entre en vigencia la normativa todos tendrán que tener su placa patente grabada en sus vehículos, no necesariamente todos los autos tienen que cumplir con los requisitos específicos que contempla el artículo 2 del reglamento (donde se establecen detalles como posición, tamaño de la letra, entre otros).

Según menciona el reglamento que está en Contraloría, si el vehículo se comercializó antes de la entrada en vigencia de esta normativa (reglamento), y en sus vidrios y ventanas laterales cuenta con la grabación de su placa patente, se eximirá de lo que dispone el artículo 2 del reglamento. Es decir, no necesariamente tienen que cumplir con las características que impone la nueva normativa.

Esto siempre y cuando cuenten con un grabado “que permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente“.

Además, es importante mencionar que sí tienen que cumplir con las otras condiciones del reglamento. Es decir, tener grabada la patente en sus vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos laterales. Asimismo, para los vehículos con 6 o más ventanas, se requiere un mínimo de 6 grabados. Para aquellos que tengan 5 o menos, tiene que estar presente en todos los espacios.

Ahora ¿qué autos entran en esta categoría? todos los que se comercializaron hasta la fecha, y los que se comercializarán hasta que entre en vigencia el reglamento. Esto será 30 días después de que se publique en el Diario Oficial, según informó prensa del Ministerio del Transporte. Si consideramos que posiblemente Contraloría lo vise a fines de marzo, los autos que se comercialicen hasta fines de abril de 2024 tendrán esta excepción.

No obstante, este reglamento aún no tiene el visto bueno de Contraloría, por lo que podría modificarse.

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