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28 de mayo de 2024Qué pasa si un alcalde es formalizado en Chile
¿Qué pasó? Este miércoles comenzará la formalización del alcalde de Recoleta Daniel Jadue, a quien se le acusa por una serie de delitos dentro del caso Farmacias Populares
¿Qué pasa si formalizan un alcalde? Dependiendo de si se determina una medida cautelar, y qué tan grave es esta, el alcalde puede seguir en sus funciones, ser suspendido o cesar completamente de su cargo.
Este miércoles, el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, arriesga ser formalizado por el caso de las Farmacias Populares, un suceso, no obstante, que hemos visto bastante en Chile durante los últimos años.
No son pocos los alcaldes nacionales que enfrentan juicios en casos de corrupción, cohecho u otros delitos políticos o administrativos. Además, también hay otros que enfrentan formalizaciones por crímenes que nada tienen que ver con su labor, como en el caso del alcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, en prisión preventiva por delitos de índole sexual.
Pero ¿qué pasa cuando la máxima autoridad municipal enfrenta un juicio? ¿Qué pasa después con su administración? ¿Quién toma momentáneamente su lugar, en caso, por ejemplo, de estar en prisión preventiva? En este artículo contestamos esta y más preguntas.
¿Qué pasa cuando un alcalde es formalizado en Chile?
Para saber qué pasa cuando un alcalde recibe una formalización, tenemos que consultar la Ley Orgánica Municipal. En ella se menciona que un alcalde puede cesar en su cargo por pérdida de la calidad de ciudadano (como por recibir una pena aflictiva), inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente, y remoción por contravención a las normas de probidad administrativa o notable abandono de deberes.
Por tanto, si en el proceso judicial el alcalde recibe una pena aflictiva, o bien incurre en alguna de las otras faltas (que determina el tribunal electoral regional), cesará de su cargo. Además, se pueden establecer otras sanciones dependiendo de sus faltas a su responsabilidad edilicia.
Sin embargo ¿qué pasa en el tiempo cuando se encuentra en investigación y formalizado? En este caso depende de la medida cautelar y los días que esta dure. La misma Ley Municipal establece diferentes situaciones:
- En caso de ausencia o impedimento del alcalde no superior a 45 días, lo subrogará un funcionario que le siga en orden de jerarquía dentro del municipio. Aunque puede designar también, con previa consulta al consejo, un funcionario de su confianza. Si es por razones de salud, puede extenderse hasta 130 días.
- Si el alcalde no se puede presentar por más de 45 días (salvo por razones médicas) el concejo tiene que designar de entre sus miembros al alcalde suplente.
- En caso de vacancia del alcalde (como por recibir pena aflictiva) el concejo elegirá un nuevo alcalde hasta completar el periodo, que saldrá desde sus propios miembros por mayoría absoluta.
Todos estos casos se darían, por ejemplo, si la autoridad en cuestión recibe una medida cautelar que le impida el correcto empleo de sus funciones. Por ejemplo, por recibir prisión preventiva o arresto domiciliario total (ya que no podría asistir a sus labores).