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50 transferencias mensuales: guía para entender la norma más comentada del SII

50 transferencias mensuales: guía para entender la norma más polémica del SII
  • ¿Qué pasó? A finales de septiembre, se aprobó la Ley de Cumplimiento Tributario, la cual contempla diversas medidas para el combate contra el comercio ilegal y la evasión de impuestos.

  • ¿A qué se refieren con las 50 transferencias mensuales? De acuerdo a la normativa, las instituciones bancarias deben entregar la información de transferencias de quienes reciban 50 abonos en un mes, para analizar si existe algún delito.

  • ¿Qué otras medidas se contemplan? Se contemplan medidas en torno a la informalidad, la evasión de impuestos, las grandes empresas y el crimen organizado.

A finales de septiembre, se aprobó en el Congreso Nacional la Ley de Cumplimiento Tributario, medida que traerá nuevas medidas para mejorar la función fiscalizadora al momento de combatir la evasión y la elusión de impuestos, como la solicitud de un reporte en caso de superar las 50 transferencias mensuales.

La nueva normativa contempla la implementación de diversas materias para una mayor fiscalización tributaria, como la trazabilidad del comercio de bienes, la mejora de los procedimientos administrativos y judiciales, o la ampliación de las medidas cautelares que puede solicitar el Servicio de Impuestos Internos (SII).

“Esta es una norma que busca fiscalizar la informalidad. No buscamos fiscalizar las relaciones que pueda haber entre las personas, donde existan transferencias electrónicas”, informaron desde el SII.

En la siguiente nota, te explicamos en qué consiste la Ley de Cumplimiento Tributario, qué medidas contempla y cómo funciona el reporte en caso de que se superen las 50 transferencias mensuales.

50 transferencias: la medida para fiscalizar la informalidad

De acuerdo a lo explicado por el SII, la nueva ley buscará fiscalizar la informalidad, el comercio ilícito y la evasión de impuestos. En este sentido, afirman que la ley presenta medidas en torno a tres ejes principales: Grandes Empresas, Evasión e Informalidad y Crimen Organizado.

Una de las principales materias que contempla la norma tributaria, es la obligación de las instituciones bancarias para reportar la información de las transacciones que involucren más de 50 abonos de personas distintas en un mes, o un total de 100 en 6 meses.

Según explica la entidad, esta información solamente se utilizará para analizar y detectar quienes están realizando actividades comerciales por las que deberían pagar impuestos, aclarando que se realizarán fiscalizaciones en los casos que se detecten indicios de incumplimiento tributario o de comercio informal.

“Lo que busca la norma es poder detectar a aquellos contribuyentes que están actuando en la informalidad y que no están pagando los impuestos que corresponden, pero para eso nosotros no solo tomamos la información de los bancos, sino que tomamos otros antecedentes”, explican.

Esta medida también contempla el realizar fiscalizaciones a quienes tengan negocios por internet y redes sociales, y que no hayan declarado su inicio de actividades y no entreguen boletas a sus compradores.

Además, la entidad aclaró que esta normativa no afecta a las siguientes actividades no comerciales:

  • Tesorero del curso
  • Rifas solidarias
  • Recepción de cuotas de actividades sociales o familiares
  • Recaudación de fondos comunitarios para el pago de servicios comunes.
  • Transferencias electrónicas cotidianas, como el pago de servicios del hogar como la electricidad o el realizar compras en línea, por ejemplo.

Otras medidas sobre evasión e informalidad

Una de las principales medidas consideradas en la ley es la implementación de un sistema simplificado de pago de IVA, esto para productos importados de hasta US$500, eliminando el arancel en este tramo al igual que la eliminación de la exención de US$41.

Otro punto importante es la obligación de las autoridades estatales, regionales y municipales de exigir el inicio de actividades y cumplimiento de sus obligaciones tributarias a los proveedores de servicios y plataformas digitales. Además, se reforzarán las fiscalizaciones en terreno y los operativos para detectar fraudes.

Medidas sobre el crimen organizado

Por otro lado, se implementó un procedimiento simplificado para el levantamiento del secreto bancario, el cual solo aplica en situaciones especificas, y donde el contribuyente no puede negarse a entregar la información. Sin embargo, el SII deberá realizar un requerimiento judicial previo a ejecutar este proceso, el cual un juez debe aprobar o rechazar en un plazo de 5 días.

Este proceso solo se aplicará en los siguientes casos:

  • Investigaciones por delitos tributarios.
  • Discrepancias de más de 2000 UTM entre la información declarada por el contribuyente y la información del SII.
  • Fiscalizaciones por recibir más de 50 transferencias de personas diferentes en un mes.
  • Incurrir en sanciones reiteradas sin haber dado respuesta a los requerimientos del SII.

Además, se facilitarán las denuncias anónimas, añadiendo un incentivo el cual consiste en una retribución del 10% de las multas que correspondan si es que el monto defraudado supere las 100 UTA. También, se estableció una oficina dedicada al crimen organizado, enfocada en el comercio ilegal.

En ese sentido, se exigirá a vendedores de artículos usados el identificar a sus proveedores, mientras que las compras y ventas de productos en efectivo que superen las 135 UF requerirán la identificación del comprador.

Medidas para grandes empresas

En el caso de las grandes empresas, la nueva normativa fortalece las sanciones para prácticas agresivas, al igual que amplía el control sobre ingresos pasivos en el extranjero, cubriendo no solo a personas relacionadas por propiedad, sino también a familiares cercanos.

También, se otorga más facultades al Gobierno de revisar y cuestionar precios y ganancias declaradas en transacciones internacionales entre empresas relacionadas, al igual que una fiscalización unificada de grupos empresariales, y la introducción de un proceso especial para revisar las devoluciones de IVA a exportadores.

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