El comité de vivienda es un tipo de organización que permite que las familias puedan acceder a subsidios estatales para conseguir la casa propia. En comunidad, generan un proyecto técnico para postular a los recursos que el Ministerio de Vivienda ofrece a través de diferentes proyectos.
Comité de vivienda: una oportunidad para tu casa propia
Un comité de vivienda es un organismo autónomo (no depende ni de Vivienda ni de ningún Municipio) y que establece su propio estatuto. Este reglamento tiene que considerar el número de integrantes que tendrá el comité, las cuotas de los gastos (traslados, fotocopias y otros usos vinculados al funcionamiento del comité), y las condiciones para entrar al grupo, así como las causales para ser expulsado del mismo.
Los requisitos para participar de un comité dependerá del proyecto al que se quiera postular, pero se necesita ser chileno, mayor de edad, tener un monto específico de ahorro y muchas veces un porcentaje determinado de vulnerabilidad en el Registro Social de Hogares.
Aunque existen gastos dentro del comité, las autoridades de Vivienda recalcan la importancia de no pagar por la postulación del subsidio ni por otras partes del proceso, ya que es completamente gratis.
Los comités también tienen que contar con una personalidad jurídica, así que tienen que ir a su municipalidad correspondiente y elegir una directiva. Una vez se conforme este grupo, tienen que inscribirse en la plataforma de Minvu Conecta, donde podrán obtener información de los diferentes programas habitacionales que ofrece la cartera de Vivienda.
El proyecto habitacional, no obstante, no los desarrollan los comités por sí solos. Para esta tarea existen las entidades patrocinantes, instituciones públicas o privadas que junto a una constructora elaboran el plan técnico para el comité. Un requisito es que se encuentren vigentes en los registros del Minvu. Puedes consultar en la municipalidad correspondiente por las entidades patrocinantes vigentes en tu comuna.
Las entidades, al realizar los proyectos técnicos, los envían al Serviu para su evaluación. Si este se aprueba, una vez se abra el llamado del subsidio o programa correspondiente, el comité puede enviarlo para su postulación. Si el proceso es exitoso puede comenzar el proceso de construcción de las viviendas.
DS49: el subsidio más común para los comités de vivienda
Dependiendo de las características de cada comité, tienen que decidir entre dos subsidios y un programa a los que se puede postular de forma colectiva para proyectos habitacionales: el DS49, DS1 y DS10.
El DS49 (ver aquí los detalles) es el más común dentro de los comités. Este les permite postular a la construcción de un conjunto de viviendas sin necesidad de un crédito hipotecario. En terrenos nuevos los proyectos pueden llegar a considerar hasta 160 hogares (límite de integrantes de un comité), aunque tiene varias modalidades.
En el caso de las postulaciones colectivas al DS49, se pide que un 70% del grupo pertenezca al 40% del RSH. Además, el postulante tiene que pertenecer a un grupo familiar, salvo sea adulto mayor, viudo/a, indígena, estar dentro del Informe Valech o tener un grado de discapacidad. Asimismo, se requiere que tenga una cuenta de ahorro a su nombre y un monto mínimo de 10 UF, lo que actualmente- 15 de noviembre de 2024- es cerca de $380 mil.
DS1 y DS10: soluciones para familias de ingresos medios y zonas rurales
También se puede postular al DS1, que se dirige a familias de ingresos medios. Aquí los postulantes pueden alcanzar hasta 80% y 90% de vulnerabilidad del RSH (e incluso más, en ciertos casos). Tiene tres tramos diferentes (dos de construcción y uno de compra) y requiere más recursos, como un crédito de ahorro hipotecario o un terreno en propiedad.
Además está disponible, para proyectos más pequeños, el DS10 para habitabilidad rural. Este programa se dirige a comunidades que sean parte de zonas rurales urbanas de máximo 5 mil habitantes. Las construcciones (máximo 60 casas) se pueden hacer en terrenos de propiedad del comité o a cargo del subsidio mismo. Dependiendo de tu porcentaje de vulnerabilidad en el RSH, también se necesita un ahorro mínimo, que va desde las 10 UF hasta las 50 UF.