Por qué Fiona Bonati incurrió en una falta al viajar con postnatal extendido

Aunque la SUSESO confirmó que quienes viajan con postnatal sí pueden salir del país en el periodo de la licencia, esto no aplicaría para las “extensiones” por enfermedad grave de niño menor o patologías del embarazo, ya que se considera que en estos casos sí es necesario el reposo.
La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) publicó el 26 de mayo del presente año una modificación normativa que elimina la posibilidad de rechazar o invalidar licencias médicas por pre y postnatal para quienes incumplieron su reposo (como, por ejemplo, por viajar fuera del país).
La entidad señala que, como señaló en dictámenes anteriores de 1989 y 2021, esta licencia “por su naturaleza no implica un reposo absoluto en el domicilio, considerando que estas licencias tienen por objeto proteger la maternidad, el cuidado del recién nacido y la recuperación de la madre”.
En este sentido, se menciona que, para estos casos, “no corresponde su rechazo por la causal de incumplimiento de reposo en caso de salida del país durante su vigencia”.
El caso de Fiona Bonati y su “extensión” de postnatal
La circular de la SUSESO se publicó justamente tres días antes de que Fiona Bonati, la cuñada del presidente Gabriel Boric, renunciara a su cargo como periodista de la Secretaría General de Gobierno (SEGEGOB).
Según confirmó la misma Fiona Bonati, salió del país con una extensión de la licencia médica de postnatal, ya que su hijo nació con una alergia alimentaria.
La “extensión” a la que se refiere Bonati es un término más bien práctico, pero se trata de un documento diferente, con su propia regulación y normativa.
“Hay que distinguir los tipos de licencia médica: La licencia postnatal (tipo 3) que termina por regla general un poco antes de los 6 meses del hijo o hija, y la licencia por enfermedad grave del hijo menor de un año (tipo 4)”, explica la abogada Daniela Cáceres, del estudio Cáceres y Avendaño.
Precisamente, la circular de SUSESO señala que la eximición del incumplimiento “no resulta aplicable a las licencias médicas tipo 4, otorgadas por enfermedad grave de niño menor de un año, y tipo 7, emitidas por patologías del embarazo, a las que se aplican las reglas generales de incumplimiento de reposo del señalado”.
“En el caso de Fiona Bonati, se encontraba con licencia por enfermedad grave del hijo menor de un año, por lo que efectivamente no podía salir del país encontrándose con licencia médica”, explica Cáceres.
¿Qué pasará con los sumarios de los funcionarios con Licencia 3?
Después de la publicación de la circular de la SUSESO, aparecieron cuestionamientos de qué pasará con los sumarios a funcionarios que salieron del país con licencia médica por pre y postnatal, considerando que el documento se emitió en medio del procedimiento.
Cáceres explica que “el procedimiento de sumario se mantiene sin modificaciones. Sin embargo, si la funcionaria se ausentó del país estando con licencia pre o postnatal, es probable que se determine no iniciar el sumario o, en caso de que ya se haya iniciado, que no concluya con una sanción“.
La abogada menciona que esto podría ocurrir, justamente, porque esta conducta en específico no se encuentra prohibida, como remarcó la SUSESO en su reciente circular.