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Las instrucciones de Contraloría para los funcionarios públicos de cara a las elecciones presidenciales 2025

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Quienes trabajen bajo administración del Estado no podrán usar recursos públicos, sus cargos o realizar actividades en horario laboral para fines políticos. En el caso de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad, la ANI y el Servel, no podrán militar ni participar de actividades políticas, incluso fuera de servicio.

Contraloría publicó este miércoles un documento donde se detallan las instrucciones para los funcionarios públicos con respecto a las próximas elecciones presidenciales de 2025.

Se trata de algunos principios que deben respetar todos los trabajadores del Estado, incluyendo los de elección popular, tanto para las primarias del 29 de junio como para las presidenciales de noviembre y diciembre.

Por ejemplo, se recuerda que “todas las autoridades, funcionarios y funcionarias de la Administración del Estado y entidades fiscalizadas, (tienen) la obligación de respetar el principio de prescindencia política, resguardando así la imparcialidad, transparencia y legitimidad del actuar público”.

Contraloría menciona que esto “implica que quienes desempeñan funciones públicas deben abstenerse de utilizar recursos, tiempos, plataformas o infraestructura institucional para fines proselitistas o de apoyo a candidaturas, cualquiera sea su naturaleza”.

Esto incluye el uso de inmuebles, vehículos fiscales, redes sociales, sitios web, bases de datos, equipos informáticos, espacios de publicidad, entre otros.

Además, se señala que este principio se extiende durante todo el periodo en el ejercicio del cargo público, y no solamente en periodo de elecciones políticas.

Las prohibiciones para los funcionarios públicos sobre temas electorales

En su instructivo, Contraloría confirma que cualquier funcionario parte de la Administración del Estado tiene prohibido realizar cualquier actividad política dentro de su organismo de trabajo. Tampoco puede valerse de su empleo para cometer acciones que favorezcan o perjudiquen una candidatura, partido o tendencia política.

Esto aplicará inclusive para quienes estén actualmente siendo candidatos para cualquier cargo (también aplica para elecciones municipales y parlamentarias). Aunque pueden seguir en sus cargos, no pueden usar la función pública para realizar actividades relacionadas con su postulación.

Asimismo, se menciona que debe darse “igualdad de trato” cuando se realicen actividades públicas que cuenten con la participación de representantes políticos o del Estado.

“Las autoridades públicas que realicen inauguraciones de obras u otros eventos o ceremonias de carácter público, desde el sexagésimo día anterior a la elección, deberán cursar invitación por escrito a tales eventos a todos los candidatos del respectivo territorio electoral”, recordó también el organismo en su instructivo.

En cualquier caso, menciona Contraloría, los trabajadores no pueden usar su posición para conseguir un beneficio directo o indirecto para sí mismo o un tercero. Tampoco contratando un servicio no personal o a honorarios para estos fines.

De todas formas, fuera de su horario laboral y con recursos propios, los funcionarios (sean candidatos o no) pueden ejercer libremente sus derechos políticos como ciudadanos. Estas instancias deberán ser voluntarias, sin que autoridades o funcionarios coaccionen a otros trabajadores a participar previamente.

Restricciones específicas en ciertos cargos

La Contraloría también mencionó algunas normas específicas para ciertas instituciones y cargos. Por ejemplo, en el caso del Servicio Electoral, por la naturaleza de su función, sus trabajadores no pueden militar ni participar en actos políticos o partidistas.

Lo mismo sucederá, por ejemplo, con el personal de las Fuerzas Armadas, Carabineros y la Policía de Investigaciones. Los uniformados no pueden participar de sindicatos, organizaciones o asociaciones de carácter político, incluso estando fuera de servicio.

Asimismo, se menciona que los uniformados no podrán valerse de sus cargos “para favorecer o perjudicar a una determinada tendencia” política.

Tampoco podrán participar en actividades políticas los funcionarios de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI).

Estas restricciones, no obstante, no incluyen el derecho de sufragio durante las elecciones.

Las sanciones y denuncias

El instructivo de Contraloría señala que la infracción de las normativas señaladas en el documento puede contraer responsabilidad administrativa, e incluso penal y civil, cuando este sea el caso.

El ente también señala que quien infringe gravemente los deberes de la probidad administrativa puede ser sancionado incluso con la destitución o el término de la relación laboral.

En este sentido, se menciona que es obligación de cada funcionario denunciar las faltas administrativas, principalmente cuando contravengan el principio de probidad. Estas pueden realizarse de forma anónima y con las medidas de protección respectivas.

No obstante, se menciona que efectuar denuncias sin fundamento, falsas o con ánimo deliberado de perjudicar al denunciado, también pueden generar una destitución del denunciante y configurarse una responsabilidad penal.

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