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Los beneficios previsionales que comienzan sus pagos en enero de 2026

Los beneficios previsionales que comienzan sus pagos en enero de 2026

Enero de 2026 será el mes en que dos de los beneficios incluidos en la reforma de pensiones comenzarán sus pagos mensuales.

A partir de enero de 2026 comenzará el pago mensual de dos de los beneficios previsionales que fueron incluidos en la reforma de pensiones aprobada a principios de este año. Dichos mecanismos buscan fortalecer los ahorros de quienes ya estén jubilados y de aquellos que jubilarán a futuro,

Dichos beneficios serán asignados de manera automática a quienes cumplan los requisitos establecidos en las normativas correspondientes, y estos serán depositados el mismo día y en la misma cuenta en que los cotizantes reciben el pago de su pensión mensual, sin necesidad de solicitudes y tiempos de espera.

Sin embargo, hay algunos casos en los que el pago de estos beneficios se realizará de forma diferida. Esto dependerá de la fecha en que las personas se hayan pensionado, aunque dicho deposito incluirá el pago retroactivo de los meses que correspondan.

Revisa a continuación cuales son los dos beneficios previsionales que comenzarán sus pagos durante el mes de enero de 2026.

Los beneficios previsionales que comienzan sus pagos en enero de 2026

Beneficio por Años Cotizados

El Beneficio por Años Cotizados corresponde a un aporte mensual adicional que complementará las pensiones por vejez o invalidez en una AFP o compañía de seguros. Los únicos requisitos para acceder es que el pensionado debe tener 65 años o más, y haber cotizado al menos 10 años en el caso de las mujeres o 20 años en el caso de los hombres.

Dicho aporte consiste en el pago de 0,1 UF por años cotizados, con un tope máximo de 25 años, lo que equivale a un total de 2,5 UF. El cálculo del pago considera las cotizaciones realizadas, con un máximo de 300 meses (25 años), y excluye meses duplicados, cotizaciones impagas o incompletas. Por ejemplo:

  • En caso de haber cotizado 10 años, el requisito mínimo para mujeres, el pago correspondería a 1 UF, lo que equivale a $39.697 aproximadamente.
  • Por otro lado, en caso de haber cotizado 20 años, el requisito mínimo para hombres, el aporte correspondería a 2 UF, lo que equivale a $79.395 mensuales.
  • En cambio, en caso de haber cotizado por 25 años, el tope de dicho aporte, el pago correspondería a 2,5 UF, lo que equivale a $99.243 aproximadamente.

La fecha de entrega del beneficio dependerá de la fecha en que la persona se haya jubilado. En el caso de personas que hayan pensionado a fecha del 31 de julio de 2025, el pago comienza en enero de 2026, siempre que tengan 65 años o más. En cambio, si cumplieron los 65 años posterior a dicha fecha, el pago se activa el mes que alcancen dicha edad.

Por otro lado, en el caso de aquellos que hayan pensionado después de la fecha antes mencionada, dichos cotizantes recibirán el pago de forma diferida en el mes que reciban su primera pensión e incluirá el retroactivo en el caso que corresponda.

Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida

La Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida, o Nueva Pensión Mujer, es un aporte similar a una renta vitalicia que complementa las pensiones de las mujeres, con el objetivo de reducir las brechas que existen en los montos de pensiones que reciben hombres y mujeres.

Por ende, este beneficio está dirigido exclusivamente a mujeres pensionadas que tengan 65 años o más y que reciban una pensión de vejez o invalidez. La compensación se financia con el Seguro Social Previsional y no aplica a quienes estén cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

La compensación se paga como un monto adicional a la pensión mensual, calculado a partir de un factor aplicado sobre la pensión base, y considera un pago mínimo de 0,25 UF. El porcentaje del beneficio al que se accede depende de la edad que tenga la persona al 1 de enero de 2026 y de la causal por la cual se haya pensionado.

Para aquellas mujeres pensionadas por vejez o invalidez sin cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el porcentaje al que podrán acceder dependerá de según la edad que tengan a fecha del 1 de enero de 2026. Esto se traduce en la siguiente escala:

  • 65 años: 100 %
  • 64 años: 75 %
  • 63 años: 50 %
  • 62 años: 25 %
  • 61 años: 15 %
  • 60 años: 5 %

En el caso de aquellas mujeres que se hayan pensionado por trabajo pesado, el porcentaje se calculará a partir de la edad que tengan el día 1 de enero de 2026, sumada a los años de rebaja de edad reconocidos por este tipo de labores.

Similar al Beneficio por Años Cotizados, esta compensación será incorporada a partir de enero de 2026, para aquellos que hayan pensionado a fecha del 31 de julio de 2025, mientras que aquellos que lo hayan hecho posteriormente, la recibirán en diferido. Es importante mencionar que el pago solo se realizará partir de los 65 años, aunque la persona se haya pensionado antes.

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