Justicia absuelve a Claudio Crespo en caso Gustavo Gatica

Contexto: Tras seis años de investigación, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió a Claudio Crespo por los hechos que dejaron a Gustavo Gatica con pérdida total de la visión durante el estallido social.
¿Cuál fue la decisión del tribunal? El tribunal concluyó que las pruebas no permitieron acreditar la responsabilidad penal de Crespo y ordenó su absolución y el alzamiento de las medidas cautelares.
Tras seis años de investigación y un extenso juicio oral, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago resolvió absolver a Claudio Crespo por los hechos ocurridos el 8 de noviembre de 2019, cuando Gustavo Gatica resultó con pérdida total de la visión durante una manifestación en el contexto del estallido social.
El veredicto fue comunicado este martes, poniendo término a uno de los procesos judiciales más emblemáticos en el marco de las protestas iniciadas en octubre de 2019. La decisión fue adoptada luego de que, el día anterior, el propio acusado hiciera su intervención final.
La Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte había solicitado una pena de 12 años de cárcel por el delito de apremios ilegítimos. Por su parte, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en su calidad de querellante, pidió una condena de 15 años de presidio. Sin embargo, el tribunal concluyó que las pruebas rendidas durante el juicio no permitieron acreditar la responsabilidad penal del exfuncionario de Carabineros.
La audiencia de comunicación del veredicto comenzó cerca de las 10:15 horas y se extendió por varias horas. En paralelo, en las afueras del Centro de Justicia de Santiago se congregaron adherentes tanto de Gustavo Gatica como de Claudio Crespo.
El fallo que absuelve a Claudio Crespo
Los hechos ocurrieron la tarde del 8 de noviembre de 2019, en las inmediaciones de Plaza Italia, cuando Gatica participaba en una manifestación. Según la investigación, alrededor de las 18:07 horas, el joven recibió el impacto de perdigones disparados por una escopeta antidisturbios, situación que le provocó la pérdida total de la visión en ambos ojos.
El juicio oral comenzó el 4 de noviembre de 2024 y se extendió por varios meses. Durante ese período se presentaron peritajes balísticos, registros audiovisuales, reconstrucciones de los hechos y testimonios de testigos y expertos. El Ministerio Público sostuvo que Crespo disparó su escopeta en dirección al tercio superior del cuerpo de Gatica. En contra de los protocolos de Carabineros, que instruían dirigir los disparos hacia la zona baja del cuerpo.
Asimismo, la Fiscalía argumentó que el exteniente se encontraba fuera del alcance de objetos contundentes que pudieran poner en riesgo su integridad al momento del disparo. La investigación estableció que la distancia entre Crespo y Gatica era de 24,5 metros al momento del disparo.
No obstante, en la lectura del veredicto, el tribunal sostuvo que la prueba rendida no permitió formar convicción de que el disparo se realizó con infracción a los reglamentos señalados.
El tribunal también señaló que el uso de la escopeta se encontraba certificado y descartó la existencia de una provocación por parte de Carabineros hacia los manifestantes. En ese contexto, concluyó que la conducta del acusado se encontraba amparada en el derecho y resolvió absolverlo del cargo de apremios ilegítimos. Además, se ordenó el alzamiento de todas las medidas cautelares en contra de Crespo.
La redacción de la sentencia definitiva quedó a cargo de la magistrada Carolina Herrera y será comunicada en una audiencia fijada para el 13 de mayo de 2026.
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