¿Pueden remover a jueces por viajar con licencia médica? Las claves del caso que revisa la Suprema

Síntesis
Contexto: La Corte Suprema inició la revisión de 104 sumarios contra jueces y funcionarios judiciales investigados por viajar al extranjero mientras estaban con licencia médica. Entre los casos públicos está el del juez Daniel Urrutia, quien fue sobreseído por un viaje y absuelto por otro, aunque la Corte de Apelaciones de Santiago reprochó un incumplimiento del reposo prescrito.
¿Qué se juega? El máximo tribunal puede confirmar sanciones, modificarlas, dejarlas sin efecto o abrir cuadernos de remoción, el procedimiento más grave contra un juez. En este explicativo, Mala Espina consultó a Rodrigo Correa, exabogado integrante de la Corte Suprema, y a Óscar Olivares Jatib, doctor en Derecho, para explicar qué sanciones arriesgan, por qué una remoción sería excepcional y cómo se cruza esto con el estándar aplicado a otros funcionarios públicos.
La Corte Suprema inició la revisión de 104 sumarios contra jueces y funcionarios judiciales investigados por haber viajado al extranjero mientras estaban con licencia médica.
El pleno partió revisando los casos que llegaron con recursos de apelación, es decir, procedimientos en que ya hubo sanciones y los funcionarios buscan rebajarlas o dejarlas sin efecto. Sin embargo, la Suprema también pidió revisar sumarios que terminaron en absoluciones o sobreseimientos.
Según informó el secretario del máximo tribunal, Jorge Sáez, los procedimientos buscan determinar la responsabilidad de funcionarios judiciales por haber salido del país mientras hacían uso de licencias médicas.
Uno de los casos conocidos públicamente es el del juez Daniel Urrutia, investigado por dos viajes al extranjero durante licencias médicas por estrés severo: uno a Costa Rica en 2020 y otro a Ecuador en 2022. La Corte de Apelaciones de Santiago lo sobreseyó por el primer viaje y lo absolvió por el segundo, aunque en su resolución sostuvo que existió un incumplimiento del reposo prescrito y una falta de prudencia esperable de quien ejerce funciones en un tribunal de justicia.
¿Qué puede pasar con los jueces?
La Suprema tiene varios caminos: confirmar las sanciones ya aplicadas, modificarlas, dejarlas sin efecto o, en los casos más graves, abrir cuadernos de remoción.
Consultado por Mala Espina, el abogado Rodrigo Correa, académico de la Universidad Adolfo Ibáñez y exabogado integrante de la Corte Suprema, explicó que el máximo tribunal puede aplicar distintas medidas disciplinarias si detecta faltas o abusos. Según detalló, estas pueden ser amonestación privada, censura por escrito, multa o suspensión de funciones hasta por cuatro meses con goce de medio sueldo, de acuerdo con el artículo 541 del Código Orgánico de Tribunales.
Correa agregó que estas sanciones quedan anotadas en la hoja de vida del juez y pueden incidir en su calificación anual. “El juez que resulta calificado como ‘deficiente’, o dos años consecutivos como ‘condicional’, queda automáticamente removido de su oficio”, explicó.
En la misma línea, el abogado Óscar Olivares Jatib, doctor en Derecho, magíster en Derecho Público y magíster en Derecho con mención en Derecho del Trabajo, sostuvo que, si se acredita que un juez o funcionario incurrió en la falta de viajar al extranjero mientras estaba bajo licencia médica, “se expone a diversas medidas disciplinarias”. Según Olivares, estas pueden ir desde resoluciones exculpatorias, como el sobreseimiento, hasta sanciones leves o “la medida de máxima gravedad institucional: la apertura de un cuaderno de remoción”.
¿Qué es un cuaderno de remoción?
El escenario más severo es la apertura de un cuaderno de remoción, porque puede terminar con la salida de un juez del Poder Judicial. Sin embargo, su apertura no implica una destitución inmediata.
Correa explicó que la Constitución garantiza la inamovilidad de los jueces hasta los 75 años, siempre que mantengan “buen comportamiento”. En ese contexto, la Corte Suprema puede declarar que un juez no ha cumplido con ese estándar. “Esto lo hace previa investigación en lo que denomina «cuaderno de remoción». Es decir, abrir tal cuaderno significa comenzar una investigación con el preciso objeto de determinar si un juez en particular no ha tenido buen comportamiento”, señaló.
Olivares, en tanto, lo definió como “el inicio formal del procedimiento disciplinario de mayor gravedad concebido para apartar de manera definitiva a un magistrado del Poder Judicial frente a responsabilidades de extrema severidad”. Según añadió, este procedimiento implica que el máximo tribunal evalúa “si la conducta del juez amerita el cese de sus funciones por no cumplir con la exigencia de rectitud propia de su cargo”.
El rol que cumple el artículo 80
El artículo 80 de la Constitución es la norma que permite a la Corte Suprema evaluar el “buen comportamiento” de los jueces y, eventualmente, removerlos.
Correa explicó que esa disposición garantiza la inamovilidad judicial, entrega competencia a la Suprema para declarar que un juez no ha tenido buen comportamiento y permite acordar su remoción.
Olivares, por su parte, sostuvo que el artículo 80 “consagra materialmente la potestad expulsiva de la Corte Suprema”. En ese sentido, explicó que, en el contexto de un viaje irregular durante un reposo médico, esta norma entrega “el fundamento constitucional directo para destituir al juez”, si se estima que se vulneró la cláusula de “buen comportamiento” exigida para su inamovilidad.
Además, advirtió que, desde la doctrina, este artículo impone una causal “atípica o indeterminada” de mal comportamiento, lo que otorga a la Corte un amplio margen de apreciación.
De todos modos, ambos expertos coincidieron en que una remoción por hechos de esta naturaleza sería inusual. Correa afirmó que “la remoción administrativa de jueces es extraordinariamente excepcional” y agregó: “No recuerdo remociones por hechos de esta naturaleza”. Olivares también señaló que aplicar la máxima sanción expulsiva a un magistrado por esta infracción sería una medida “extraordinaria y sumamente inusual”.
El debate por el estándar que aplicará la Suprema
El tema ha generado debate porque la Corte Suprema ha respaldado sanciones duras contra funcionarios públicos que viajaron al extranjero mientras estaban con licencia médica. Por eso, la pregunta de fondo es si el máximo tribunal aplicará un estándar similar cuando los investigados son jueces o funcionarios judiciales.
Sobre ese punto, Correa llamó a mirar los casos con cautela. “La comparación es demasiado gruesa. No todos los casos son igualmente graves. Casos particularmente graves podrían justificar una remoción”, sostuvo.
Olivares, por su parte, afirmó que, “en un sentido estrictamente normativo”, la Corte Suprema tiene “el deber inexcusable de aplicar un estándar sancionatorio idéntico tanto a jueces como a funcionarios del resto de la Administración Pública”.
“En virtud del principio de igualdad ante la ley, garantizado en nuestra Constitución, es inaceptable que el ejercicio jurisdiccional disciplinario resulte en tratos asimétricos respecto de conductas fácticas idénticas”, agregó.
El abogado añadió que la propia Corte Suprema ha consolidado jurisprudencia que avala destituciones de empleados públicos de la atención de salud municipal por utilizar una licencia médica para salir del país. En ese sentido, sostuvo que “si el máximo tribunal fue implacable con dichos funcionarios por quebrantar, supuestamente, el principio de probidad administrativa y el deber de reposo médico, un criterio benevolente hacia los miembros de la judicatura enviaría una pésima señal a la ciudadanía”.
Y recuerda:
Si recibes alguna desinformación o algo que te parezca falso, envíalo a nuestra línea de WhatsApp +56 9 7447 3146 para que la verifiquemos. También puedes unirte a nuestro canal de WhatsApp haciendo clic en este enlace.
Puedes seguir a Mala Espina en Twitter e Instagram o suscribirte a nuestro newsletter semanal.