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Por qué Estados Unidos aplicó un arancel de 12,5% a los productos chilenos

Síntesis

  • Contexto: Estados Unidos comenzó a aplicar una sobretasa arancelaria de 12,5% a gran parte de los productos provenientes de Chile, tras una investigación de la USTR.

  • ¿Por qué se impuso el arancel? La autoridad estadounidense concluyó que Chile no ha establecido ni aplicado eficazmente una prohibición a la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso.

Estados Unidos comenzó a aplicar este viernes 24 de julio una sobretasa arancelaria de 12,5% a gran parte de los productos provenientes de Chile.

La medida fue adoptada por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), luego de concluir mediante un informe que Chile no ha establecido ni aplicado eficazmente una prohibición a la importación de bienes producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso.

La investigación se realizó bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio estadounidense, que permite adoptar medidas frente a prácticas extranjeras que la autoridad considere irrazonables o perjudiciales para el comercio del país.

El proceso de investigación comenzó el 12 de marzo en la USTR e involucró a 60 economías. En abril, Fundación Libera presentó antecedentes sobre presuntas prácticas de trabajo forzoso en sectores exportadores chilenos, como la agricultura y la salmonicultura.

Cómo afecta el arancel a Chile y qué productos deberán pagarlo

La sobretasa de 12,5% se añadirá al arancel que corresponda a cada producto al ingresar a Estados Unidos. Para Chile, la resolución creó la partida 9903.05.30, aplicable a los productos nacionales que no estén incluidos en las excepciones.

Según un desglose de Emol basado en los códigos arancelarios de la resolución, entre los productos afectados se encuentran los salmones, las uvas, los arándanos, las cerezas, los vinos embotellados, la sal, las carnes de ave, las manzanas, los limones y los lácteos.

No obstante, no todas las exportaciones chilenas deberán pagar la sobretasa. El Anexo II del documento establece excepciones aplicables a los productos provenientes de cualquiera de las economías investigadas.

Entre ellas figuran los cátodos de cobre refinado, el carbonato y el hidróxido de litio, el yodo, la plata, el oro no monetario y el nitrato de potasio. También aparecen productos agrícolas como las paltas, las naranjas y los kiwis.

Plazos, excepciones y las demás economías investigadas

El arancel comenzó a aplicarse a las mercancías ingresadas para consumo o retiradas de depósitos aduaneros desde las 00:01 horas del 24 de julio, según el horario de la costa este de Estados Unidos.

Los cargamentos que ya estaban en su trayecto final antes de ese horario quedaron exentos, siempre que ingresaran para consumo antes de las 00:01 horas del 28 de julio.

También quedaron fuera de la sobretasa las donaciones destinadas a aliviar el sufrimiento humano, los materiales informativos, los efectos personales incluidos en el equipaje acompañado y determinadas categorías de productos, como artículos de aluminio, acero y cobre, vehículos, productos de madera y semiconductores.

La USTR investigó a 60 economías, equivalentes al 99,4% de las importaciones estadounidenses. La autoridad determinó que 54, entre ellas Chile, no habían establecido ni aplicado eficazmente una prohibición a la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso. Las otras seis contaban con una prohibición, pero, según Estados Unidos, no la aplicaban eficazmente.

En la decisión final, 17 economías recibieron una tasa de 10%. La Unión Europea y Taiwán quedaron sujetas a un sistema que limita el arancel total al 10%, mientras Japón, Corea del Sur y Suiza quedaron bajo un mecanismo similar con un límite de 12,5%.

A las otras 38 economías, incluido Chile, se les impuso la sobretasa general de 12,5%, con las excepciones contempladas en los anexos.

La respuesta desde Cancillería

A través de una declaración pública, el gobierno de José Antonio Kast rechazó los fundamentos de la decisión y sostuvo que Chile cuenta con una institucionalidad laboral sólida, un marco regulatorio robusto y compromisos internacionales para prevenir y erradicar el trabajo forzoso.

También recalcó que la investigación tuvo alcance global y que la resolución “no sostiene que Chile exporte bienes producidos con trabajo forzoso ni identifica productos chilenos específicos bajo esa condición”.

El Ejecutivo anunció que mantendrá el diálogo con las autoridades estadounidenses para mejorar las condiciones de acceso de los productos nacionales y conseguir nuevas exclusiones para bienes relevantes de la canasta exportadora chilena.

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