Ampliar la flagrancia de 12 a 24 horas: la propuesta anunciada por Kast en la Agenda contra el Crimen Organizado

Síntesis
Contexto: El presidente José Antonio Kast anunció que buscará ampliar de 12 a 24 horas el plazo de flagrancia, como parte de la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo.
¿Qué pasó? La medida permitiría extender el período en que una persona puede ser detenida sin una orden judicial bajo ciertas hipótesis de flagrancia. El cambio aún no está vigente y su alcance dependerá del texto que finalmente sea aprobado.
La noche del miércoles 5 de agosto, el presidente José Antonio Kast realizó una cadena nacional en la que presentó la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT), un conjunto de más de 30 proyectos de ley y medidas legales orientadas a fortalecer la seguridad pública. Según anunció el mandatario, el objetivo del Ejecutivo es que las iniciativas sean aprobadas antes de Navidad.
Entre las propuestas presentadas, Kast anunció que buscará ampliar el plazo de flagrancia de 12 a 24 horas, con el objetivo de que las policías dispongan de más tiempo para detener a quienes hayan cometido un delito. La medida implicaría extender el período durante el cual determinadas situaciones pueden ser consideradas flagrantes y, por tanto, permitir una detención sin una orden judicial previa.
Qué es la flagrancia
La flagrancia es una figura contemplada en el Código Procesal Penal que permite detener a una persona sin necesidad de contar previamente con una orden judicial cuando existe una relación inmediata entre la comisión de un delito y su detención.
Aunque comúnmente se asocia a sorprender a alguien “con las manos en la masa”, la legislación contempla otras situaciones en las que también existe flagrancia. Por ejemplo, cuando una persona huye del lugar de los hechos y es identificada, cuando es encontrada con objetos, armas o señales que permiten presumir su participación, o cuando aparece cometiendo el delito en un registro audiovisual al que la policía accede poco después.
Para algunas de estas situaciones, específicamente las contempladas en las letras d), e) y f) del artículo 130 del Código Procesal Penal, la ley utiliza el concepto de “tiempo inmediato”. Actualmente, este corresponde al período transcurrido entre la comisión del delito y la captura del imputado, siempre que no hayan pasado más de 12 horas. Ese plazo es el que la propuesta busca ampliar a 24 horas.
De concretarse la propuesta anunciada por el Ejecutivo, el denominado “tiempo inmediato” se ampliaría de 12 a 24 horas. En la práctica, esto permitiría que las policías dispusieran de un período mayor para ubicar y detener al presunto responsable de un delito bajo determinadas hipótesis de flagrancia, sin requerir previamente una orden judicial.
El alcance específico de la modificación dependerá del texto que finalmente impulse el Gobierno.
Una iniciativa similar ya se tramita en el Congreso
Actualmente se tramita en el Congreso un proyecto presentado en diciembre de 2023 por los entonces senadores Manuel José Ossandón, Rodrigo Galilea, José García Ruminot, Rafael Prohens y Kenneth Pugh, que propone el mismo cambio. La iniciativa se encuentra en Comisión Mixta, luego de que el Senado rechazara las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputadas y Diputados.
Sin embargo, el presidente no precisó durante la cadena nacional si su anuncio corresponde a ese proyecto o si el Ejecutivo impulsará una propuesta distinta. En cualquier caso, la medida anunciada no modifica por sí sola la legislación vigente.
Por ello, mientras no se apruebe y publique una reforma legal, continuará vigente el plazo máximo de 12 horas establecido actualmente para determinadas situaciones de flagrancia.
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