🔍 Suscríbete a nuestro newsletter y únete a la lucha contra la desinformación

Aprende a verificar Detén la cadena de la desinformación

Únete a nuestros talleres y aprende a detectar noticias falsas y virales manipulados con la metodología oficial de nuestro equipo de fact-checking.

Ver cursos disponibles
País |

Cortes parciales, Metro y sin violencia: los cambios que propone el gobierno a la Ley Antibarricadas

Síntesis

  • Contexto: El gobierno ingresó un proyecto que busca ampliar la denominada Ley Antibarricadas, que actualmente sanciona determinadas formas de interrupción completa de la circulación en la vía pública.

  • ¿Qué pasó? La propuesta permitiría sancionar cortes y obstaculizaciones parciales, extendería el delito al Metro y otros servicios de transporte y establece que no será necesario el uso de violencia o intimidación para configurarlo.

Bloquear parcialmente una calle, interrumpir el funcionamiento del Metro o afectar otros servicios de transporte podría quedar expresamente sancionado por la Ley Antibarricadas si avanza el proyecto ingresado este lunes por el gobierno.

La iniciativa busca ampliar el artículo 268 septies del Código Penal, que actualmente castiga la interrupción completa de la libre circulación en la vía pública. La propuesta mantiene la pena vigente, pero extiende los casos en que podría configurarse el delito.

Entre los principales cambios, el proyecto incorpora las interrupciones y obstaculizaciones parciales, amplía la norma a distintos medios y servicios de transporte, como el Metro, trenes, puertos y aeropuertos, y establece que no será necesario que exista violencia o intimidación contra las personas para aplicar esta figura penal.

Qué sanciona hoy la Ley Antibarricadas

La denominada Ley Antibarricadas está vigente desde enero de 2020 y sanciona determinadas formas de bloquear completamente la circulación en la vía pública.

La norma castiga a quien, sin autorización, impida por completo el paso de personas o vehículos mediante violencia, intimidación o la instalación de obstáculos. También sanciona la interposición de vehículos cuando hace imposible la circulación.

Ese requisito de que la interrupción sea completa es precisamente uno de los puntos que el gobierno busca cambiar. Según el proyecto, desde la entrada en vigencia de la ley hasta diciembre de 2025 ingresaron 947 causas por este delito.

Cortes parciales también podrían ser sancionados

Uno de los principales cambios es que ya no sería necesario interrumpir completamente la circulación. El proyecto propone sancionar a quien “interrumpiere u obstaculizare, total o parcialmente” el tránsito de personas o vehículos.

El gobierno explica que la norma actual ha dejado fuera casos como el bloqueo de parte de una vía cuando todavía queda una franja disponible para circular.

La norma se extendería al Metro y otros transportes

Actualmente, esta figura penal está centrada en interrupciones de la circulación en la vía pública. El proyecto busca extenderlo a medios y servicios de transporte públicos y privados, incluyendo Metro, trenes, puertos y aeropuertos, además de estaciones, andenes, terminales y accesos.

El Ejecutivo señala que la redacción vigente ha dejado fuera interrupciones ocurridas en infraestructuras de transporte relevantes, como el Metro de Santiago, donde el ingreso no autorizado de personas a las vías ha debido abordarse mediante otras figuras penales.

El proyecto también menciona como ejemplos mantener deliberadamente abiertas las puertas de un tren o impedir el acceso a un andén, conductas que pueden afectar el servicio incluso sin paralizarlo por completo.

No sería necesario que exista violencia o intimidación

La iniciativa también establece que no será necesario el uso de violencia o intimidación para configurar el delito. Entre las conductas contempladas están instalar obstáculos, ingresar u ocupar vías sin autorización, interponer vehículos o manipular sistemas que alteren el funcionamiento del transporte.

El gobierno justifica este cambio señalando que estas acciones pueden afectar de manera efectiva la circulación o el funcionamiento de un servicio de transporte, aunque no exista violencia contra las personas. Por ello, la propuesta busca centrar la aplicación del delito en el resultado producido, es decir, en la interrupción u obstaculización efectiva.

El proyecto mantiene la pena actual de presidio menor en su grado mínimo, además, excluye los casos en que la interrupción se produzca por un accidente, desperfecto mecánico u otra causa justificada.

Y recuerda:

Si recibes alguna desinformación o algo que te parezca falso, envíalo a nuestra línea de WhatsApp +56 9 7447 3146 para que la verifiquemos. También puedes unirte a nuestro canal de WhatsApp haciendo clic en este enlace.

Puedes seguir a Mala Espina en Twitter e Instagram o suscribirte a nuestro newsletter semanal.

Únete a la lucha contra la desinformación. Ingresa tus datos para recibir nuestro newsletter.

Ingresa tu correo