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Nuevo protocolo ordena reconducir a adultos que ingresen irregularmente a Chile con niños

Síntesis

  • Contexto: La reconducción permite devolver a la frontera a extranjeros que ingresan irregularmente en determinadas circunstancias y contempla una prohibición provisoria de ingreso a Chile por un año.

  • ¿Qué cambia para los adultos que ingresan con niños? Si acreditan ser sus padres, guardadores o responsables de su cuidado, ahora serán sometidos a reconducción. El niño no queda formalmente sujeto a la medida, pero deberá salir del país junto con el adulto reconducido.

Desde este viernes cambió el procedimiento que deben aplicar las autoridades en la frontera cuando un extranjero ingresa irregularmente a Chile acompañada de un niño, niña o adolescente.

El Servicio Nacional de Migraciones publicó un nuevo protocolo de reconducción que reemplaza al vigente desde 2024. Uno de sus principales cambios afecta a las familias: si el adulto está sujeto a reconducción y acredita que es padre, madre, guardador o responsable del cuidado del menor, ahora deberá ser sometido al procedimiento de reconducción.

El niño no queda formalmente sujeto a la medida, pero deberá acompañar al adulto durante su ejecución para, según establece el documento, “resguardar la unidad familiar”.

La regla cambia el criterio aplicado hasta ahora. El protocolo anterior establecía que, cuando se acreditaba el vínculo, ni el niño ni el adulto podían ser reconducidos y se permitía su ingreso al territorio nacional.

De permitir el ingreso a reconducir al adulto

El protocolo de 2024 contenía una excepción específica para los niños, niñas y adolescentes que se encontraban en una situación que permitía aplicar una reconducción.

Si viajaban con uno o más adultos responsables y acreditaban el vínculo mediante los documentos exigidos, la autoridad no sometía al proceso de reconducción ni al menor ni a los adultos que lo acompañaban. En ese caso, permitía su ingreso a Chile.

El nuevo protocolo, publicado en el Diario Oficial la mañana del 21 de agosto, cambió esa instrucción.

Ahora establece que si una persona adulta sujeta a reconducción viaja con un niño y acredita que existe un vínculo como padre, madre, guardador o encargado de su cuidado personal, la autoridad deberá someter al adulto al procedimiento y el menor deberá acompañarlo durante la ejecución de la medida.

Esto significa que la presencia de un niño y la acreditación del vínculo ya no impiden la reconducción del adulto, como ocurría bajo el protocolo anterior.

Qué ocurre si el niño viaja solo o no se acredita el vínculo

El nuevo protocolo también actualizó el procedimiento para aquellos casos en los que el niño, niña o adolescente ingresen al país sin adultos responsables.

En esos casos, la autoridad deberá ponerlos lo antes posible a disposición del Tribunal de Familia, que determinará las medidas de protección correspondientes. Sus antecedentes también deberán quedar registrados en el Registro Nacional de Extranjeros.

Del mismo modo, el Tribunal de Familia deberá intervenir cuando el niño viaje acompañado, pero los adultos no puedan acreditar que son sus padres, guardadores o responsables de su cuidado.

Respecto a este último escenario, el nuevo protocolo precisa además qué debe ocurrir con los adultos.

Si la Policía de Investigaciones (PDI) detecta indicios de un delito, deberá entregar los antecedentes al Ministerio Público. La autoridad también deberá denunciar la infracción migratoria e iniciar el procedimiento sancionatorio de expulsión correspondiente.

Si la PDI determina que no existen indicios de delito, los adultos deberán ser sometidos a reconducción.

La diferencia es que ahora, si la PDI descarta indicios de delito, los adultos serán reconducidos. El protocolo anterior solo contemplaba la denuncia migratoria y el inicio de un procedimiento de expulsión.

Qué significa una reconducción

La reconducción está contemplada en la Ley de Migración y Extranjería y permite devolver inmediatamente a la frontera a determinadas personas que ingresan irregularmente al país.

Puede aplicarse, entre otros casos, a extranjeros sorprendidos intentando ingresar o habiendo ingresado eludiendo el control migratorio y a quienes sean detectados hasta 10 kilómetros del límite fronterizo terrestre. También contempla determinados ingresos mediante documentos falsificados, adulterados o emitidos a nombre de otra persona.

Como parte del procedimiento, la autoridad deberá acreditar la identidad de la persona, realizar su registro biométrico y levantar un acta de reconducción.

La medida también supone una prohibición provisoria de ingreso a Chile por un año, mientras Migraciones determina posteriormente su duración definitiva.

En el caso de adultos que viajen con sus hijos o niños bajo su cuidado, el nuevo protocolo no señala que el menor quede formalmente sometido a reconducción. Sin embargo, deberá acompañar al adulto durante la ejecución de la medida. En la práctica, esto implica que el niño tampoco permanecerá en Chile y deberá abandonar el país junto con el adulto reconducido.

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