Política
10 de julio de 2020Qué implica el veto presidencial en el proyecto que prohíbe el corte de servicios básicos
Por Augusto Valenzuela
Este jueves el gobierno ingresó un veto al Congreso para el proyecto que prohíbe el corte de servicios básicos en pandemia. Esta propuesta, de iniciativa parlamentaria, había sido aprobada el pasado 11 de junio en el Senado y lista para su promulgación.
La propuesta busca beneficiar a los clientes en sus cuentas de servicios básicos, es decir, luz, agua, gas de red y telecomunicaciones. Pero el veto anunciado por el gobierno esta semana, apunta a modificar una indicación acerca del suministro de agua potable, además de suprimir dos artículos: uno referente al pago de servicios de telecomunicaciones y el otro, a la responsabilidad de pagar los costos que genere la nueva ley.
El veto del Ejecutivo, en concreto, modifica la sección acerca del suministro de agua. El veto impide que los clientes que consuman más de 15 metros cúbicos de agua puedan postergar el pago de la deuda, aunque no sufrirían el corte del servicio.
Además, las familias que acrediten tener más de cuatro integrantes podrán postergar el pago de hasta cuatro metros cúbicos adicionales por persona. Desde el gobierno indican que esta medida se justifica por la sequía que afecta al país, sumada a los efectos del cambio climático.
En tanto, se eliminaría el artículo 3 del proyecto que suprime el cobro por los servicios de telecomunicaciones. De acuerdo con el gobierno, por medio de la extensión del Plan Solidario de Conectividad al 60% más vulnerable de la población, estaría subsanándose aquella necesidad.
Esta medida, también llamada Plan Básico Solidario, es un acuerdo fijado durante marzo entre el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y los privados. Está dirigido actualmente a los clientes que formen parte del 40% más vulnerable de la población. A este grupo, se le permite acceder a un servicio de conexión gratuito con velocidad limitada. El plan considera navegación libre, excepto uso recreativo como el uso de videojuegos o el visionado de videos.
Por último, el artículo que también sería eliminado por el veto presidencial es el número 8. Este numeral prohíbe que los costos para las empresas que se deriven con la aprobación del proyecto de ley, sean traspasados a las personas. Desde La Moneda, aclaran que el artículo 8 es inconstitucional, porque sería incompatible con el derecho de propiedad vigente que tienen las empresas.
El abogado constitucionalista Gabriel Osorio, aclara que este veto pasaría automáticamente a modificar y eliminar los numerales anteriores. “El Congreso necesita dos tercios de los diputados y senadores presentes para insistir en su texto”, aclara el abogado. De no cumplirse dicha cantidad, se aprobaría de forma automática el veto del Ejecutivo.
Desde el gobierno, afirman que la intención del veto es sólo modificar y eliminar los numerales anteriores. En una minuta publicada esta semana, desde el Ejecutivo aseguran que no se busca impedir la aprobación de la ley, sino que va “a ser mejorada”.
En el documento también se detalla que las observaciones no alteran “las normas que aseguren el suministro de servicios sanitarios, de electricidad y de gas de red, por el contrario, las hacen compatibles con el ordenamiento institucional”.
Además, el ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, aseguró, según recogió CNN Chile, que el veto no cambiará los beneficios que ya fueron aprobados.